Cumplimiento Ley 21.015 · Chile

¿Tu empresa cumple hoy con la Ley 21.015?

Si tu organización tiene 100 o más personas trabajadoras, te ayudamos a revisar su situación actual, identificar brechas y definir las acciones necesarias para avanzar en cumplimiento e inclusión laboral.

Cumplir no es solo alcanzar una cuota

Una organización puede estar abordando su cuota y, aun así, tener otras materias que requieren revisión dentro de su gestión de inclusión laboral.

  • Cuota y contratación
  • Gestor/a de Inclusión Laboral
  • Política de Inclusión
  • Capacitación anual
  • Protocolo de Ambientes Laborales
  • Procesos inclusivos
  • Documentación y regularización

Cómo ayuda Equia

De la revisión a una gestión sostenida

  1. Revisamos

    Conocemos la situación actual.

  2. Detectamos

    Identificamos brechas y materias que requieren atención.

  3. Implementamos

    Desarrollamos o acompañamos las soluciones necesarias.

  4. Damos continuidad

    Apoyamos una gestión sostenida de inclusión laboral.

Nuestro diferencial

No nos quedamos solo en la cuota

En Equia Vincula entendemos que cubrir una cuota no significa necesariamente que toda la gestión de inclusión laboral esté resuelta.

  1. Cuota
  2. Gestor/a
  3. Política
  4. Capacitación
  5. Protocolo
  6. Procesos inclusivos
  7. Seguimiento

La cuota puede ser el punto de partida. La gestión integral de inclusión es el camino.

¿Tu empresa tiene una brecha de cuota?

Cuando no es posible cumplir total o parcialmente mediante contratación directa, y se cumplen las condiciones que establece la normativa, pueden evaluarse medidas subsidiarias. No aplican de forma automática: cada caso requiere revisión.

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En 10 preguntas obtienes una mirada inicial a las áreas de tu gestión de inclusión laboral.

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El resultado de Radar Equia es orientativo y no constituye una certificación ni una determinación formal de cumplimiento legal.

  • Cuota y contratación
  • Gestor/a
  • Política
  • Capacitación
  • Protocolo
  • Reclutamiento
  • Accesibilidad y ajustes
  • Medidas subsidiarias

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre la Ley 21.015

Información general sobre la normativa chilena. No reemplaza la revisión del caso particular de cada empresa.

¿Qué empresas están obligadas por la Ley 21.015?

Las empresas con 100 o más personas trabajadoras deben contar con al menos un 1% de su dotación compuesto por personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez. La Ley 21.690 contempla un aumento gradual de este porcentaje, sujeto a las condiciones que establece la propia norma.

¿Cómo se calcula la cuota de inclusión laboral?

Se calcula el 1% sobre el promedio mensual de personas trabajadoras del período que define la normativa. Si el resultado tiene decimales, se considera el número entero inferior. Por ejemplo, con un promedio de 250 personas trabajadoras, la cuota es de 2 personas.

¿Qué pasa si mi empresa no puede completar la cuota?

Debe acreditar razones fundadas que expliquen por qué no puede cumplir total o parcialmente mediante contratación directa, y adoptar medidas subsidiarias, como la prestación de servicios o las donaciones. Estas medidas no son automáticas: requieren cumplir las condiciones legales correspondientes.

¿Cumplir la cuota significa que ya están resueltas todas las obligaciones de inclusión laboral?

No necesariamente. Las empresas alcanzadas por la normativa también deben atender otras materias, como contar con un Gestor/a de Inclusión Laboral, desarrollar capacitación, mantener un Protocolo de Ambientes Laborales y realizar la Comunicación Electrónica anual ante la Dirección del Trabajo.